• Dólar
  • BNA $942 ~ $982
  • BLUE $1255 ~ $1255
  • TURISTA $1507.2 ~ $1507.2

27 C ° ST 26.54 °

Unión Radio 91.3 en vivo

En agosto

AFIP vigilará tus ingresos si superas estos montos en las billeteras virtuales en agosto 2024

03 Agosto de 2024 00.37

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó a mediados de junio los montos por los cuales un banco o billetera virtual deben notificar sobre los movimientos efectuados por los usuarios.

El objetivo de esta medida rige en lograr una "simplificación de procesos en beneficio de los contribuyentes, a través de la instrumentación de mecanismos tendientes a mejorar sus regímenes de información".

Además, el organismo que conduce Florencia Misrahi informó que e prevé una se prevé "una cláusula de actualización cada seis meses, sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que publica el INDEC".

Por ese motivo, si los clientes superan los límites establecidos (transacciones, saldos y consumos), dicha información será enviada al fisco para su correspondiente análisis.

Billeteras virtuales: desde qué monto te investiga AFIP en agosto

En agosto, los usuarios de las billeteras virtuales, con ingresos o egresos que superen los $ 400.000 (anteriormente era d $ 120.000), podrán ser notificados ante el fisco. 

No obstante, los saldos mensuales registrados no tendrán que superar los $ 700.000 (antes, el tope era de $ 400.000).

Ante dichos parámetros, el organismo recaudador de impuestos evaluará la situación fiscal de los contribuyentes que se excedieron de los límites establecidos. 

En primer lugar, se corroborará si el dinero es lícito o no. Justamente, si no lo fuera, los clientes tendrán que presentar la siguiente documentación, la cual será solicitada a través de su correo electrónico (domicilio fiscal declarado) o por la misma aplicación.

  • Recibos de sueldo
  • Comprobantes de haberes jubilatorios
  • Facturas emitidas en los últimos seis meses
  • Certificados de ingresos emitidos por contadores públicos

Además, en caso de que así lo considere, la AFIP podría cerrar la cuenta del contribuyente y enviar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS).