Empleo doméstico: cuánto cobran las niñeras y cuidadores de adultos en julio de 2024
Los cuidadores de niños y adultos reciben el mismo monto que el mes pasado, a la espera de un nuevo acuerdo paritario; ¿cuál es la cifra mensual y por hora?

Las niñeras y cuidadores de adultos reciben en julio de 2024 una cifra similar a la del mes anterior, a la espera de un inminente acuerdo paritario nuevo entre la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares y los gremios del sector para los meses siguientes.

En junio se había computado un aumento del 7%, correspondiente a mayo, que significó la segunda entrega de la actualización bimestral del período abril-mayo. Hasta no conocer los nuevos porcentajes de incremento, las distintas categorías de trabajadores del servicio doméstico reciben el mismo monto percibido el mes pasado.

En el caso de no prosperar un nuevo acuerdo, se mantendrán los valores para cada categoría, como constan en la grilla salarial de junio.

Habitualmente las actualizaciones impactan en el salario de las niñeras y cuidadores de adultos, que forman parte de la cuarta categoría de empleados de casas particulares y cuyas tareas comprenden la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.

 

Sueldo por hora de las niñeras en julio de 2024

 

Con el último reajuste salarial, las personas que realizan tareas de cuidado en casas particulares y están contratadas por horas o por jornada les corresponde los siguientes montos, similares a junio:

  • Por hora con retiro: $2504
  • Por hora sin retiro: $2800

Estos valores sirven de referencia para quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales.

 

Sueldo mensual de las niñeras en julio 2024

 

En julio, quienes trabajen con un esquema mensual cobrarán los siguientes montos, correspondientes al trabajo realizado en junio:

  • Mensual con retiro: $316.688
  • Mensual sin retiro: $352.915

Estas cifras están destinadas a los trabajadores comprendidos en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844, que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas.

Los valores precedentes responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá además abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.

 

Cómo calcular la antigüedad del servicio doméstico

 

Para poder sacar cuánto le corresponde a la empleada doméstica se deberá calcular el 1 por ciento por cada año trabajado. A los fines del cálculo, se deberá considerar la antigüedad desde el 1° de septiembre de 2020 y se calculará sin efecto retroactivo.

Esta liquidación es generalizada, lo que quiere decir, que el pago de este dinero adicional abarca a todas las relaciones laborales vigentes del servicio doméstico. Debe estar incluido como un nuevo ítem en los recibos de sueldo para facilitar su identificación.

 

Qué datos se necesitan para inscribir en AFIP a las empleadas domésticas

Antes de iniciar la inscripción y dar de alta la relación laboral, el empleador necesita conocer ciertos datos del trabajador:

  • N° de CUIL
  • Nombre y apellido
  • Fecha de nacimiento
  • Domicilio real
  • Obra social (si no tiene obra social, el sistema por defecto le asignará la Obra Social del Personal de Casas Particulares)
  • Si es o no una persona jubilada
  • CBU (en caso de ya estar bancarizada)
  • Número telefónico
  • Correo electrónico

La inscripción del empleado se puede anular hasta las 23.59 del día de su registro. Durante ese tiempo, está disponible la opción “Anular” dentro de la tarjeta de esa relación en el inicio. Sin embargo, pasado ese horario, el trámite es presencial en cualquier oficina de la AFIP.